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Refinería artículo 129 del Código Penal Argentino | Abogado penalista de Santa Fe

  • Foto del escritor: Iván Carthery
    Iván Carthery
  • 7 oct 2025
  • 3 Min. de lectura

Refinería y otros lugares de corrupción de menores: análisis dogmático del artículo 129 del Código Penal Argentino


El artículo 129 del Código Penal Argentino sanciona a quien mantuviere, administrare o sostuviere una “casa de tolerancia o de corrupción”, o cualquier otro lugar destinado a la corrupción de menores o al ejercicio de la prostitución. Esta figura, conocida tradicionalmente como refinería, tiene una raíz histórica vinculada a la protección de la moral pública y, en particular, a la tutela penal de la integridad sexual de las personas menores de edad.

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Desde una perspectiva dogmática penal, este tipo penal se ubica dentro de los delitos contra la integridad sexual. La refinería constituye un delito de peligro abstracto, ya que la sola existencia del establecimiento o su sostenimiento implica una afectación al bien jurídico tutelado, sin necesidad de que se concrete la corrupción de un menor en particular.


Elementos objetivos del tipo


El verbo típico “mantener, administrar o sostener” implica distintas modalidades de intervención.


Mantener refiere a la conservación o continuidad del funcionamiento del lugar.


Administrar apunta a la gestión o dirección de la actividad ilícita.


Sostener abarca el apoyo económico o material, aun sin participación directa en la gestión.



El objeto material es el lugar físico destinado a la corrupción o prostitución de menores, independientemente de su denominación o estructura. Por ello, la jurisprudencia argentina ha interpretado que la figura puede configurarse tanto en locales abiertos al público como en espacios privados, siempre que cumplan esa finalidad.


Elementos subjetivos y dolo


El dolo directo es requisito indispensable. El autor debe conocer el destino del lugar y actuar con la finalidad de mantenerlo o sostenerlo. La mera ignorancia del propósito del establecimiento excluiría la tipicidad subjetiva.


En la dogmática penal moderna, el análisis del dolo en estos delitos exige evaluar el conocimiento sobre la minoridad de las víctimas potenciales y la finalidad corruptora del sitio. No se requiere que el autor tenga contacto con los menores, bastando el conocimiento de la utilización del lugar para tales fines.


Bien jurídico protegido


El bien jurídico tutelado es la integridad sexual de los menores y, de modo más amplio, la moral sexual colectiva. La protección del Estado se dirige a evitar la existencia de ámbitos donde la vulnerabilidad de niños y adolescentes pueda ser explotada con fines sexuales.


Doctrinariamente, se ha discutido si la norma protege exclusivamente la integridad sexual individual o también un interés supraindividual de carácter ético-social. La posición dominante, tanto en la jurisprudencia como en la doctrina penal santafesina, considera que ambos valores coexisten y se complementan.


Aspectos concursales y relación con otros delitos


El delito de refinería puede concurrir con figuras como la promoción o facilitación de la prostitución de menores (art. 125 bis) o la corrupción de menores (art. 125). En estos casos, la determinación del concurso dependerá de la existencia de actos concretos de corrupción o de la simple disposición del lugar para tales fines.


Perspectiva actual y relevancia práctica


En la práctica judicial, los abogados penalistas de Santa Fe suelen encontrarse con investigaciones relacionadas con entornos informales donde menores son explotados o inducidos a prácticas sexuales a cambio de beneficios económicos. En estos casos, el análisis técnico del artículo 129 resulta esencial para determinar si existe refinería o si corresponde encuadrar la conducta en otras figuras delictivas.


La interpretación moderna exige compatibilizar la norma con los estándares internacionales de protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes, tal como lo dispone la Convención sobre los Derechos del Niño y la Ley 26.061.


Conclusión


El delito de refinería previsto en el artículo 129 del Código Penal Argentino mantiene plena vigencia y relevancia, especialmente en un contexto donde las nuevas formas de explotación sexual adoptan modalidades más encubiertas. Para los abogados penalistas en Santa Fe, comprender su estructura dogmática y su alcance interpretativo resulta indispensable para el ejercicio profesional, la defensa técnica y la formación jurídica avanzada.

 
 
 

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